Dejo por acá una columna de Emmanuel A. Estrada López, estudiante de Periodismo y Ciencia Política de la Universidad de Puerto Rico. Emmanuel fue parte del Curso de Teoría del Derecho que ofrecí el semestre que acaba de terminar.
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La profesora Érika Fontánez Torres, en su escrito Rasgar las paredes del Poder Judicial1, expone que la premisa imperante en el funcionamiento de la judicatura de nuestro sistema político (neo)liberal2 –que opera según la división de poderes que promulga la forma republicana de gobierno– se basa en una lógica que diferencia (y de hecho, separa) el Derecho y la Política (así, en mayúsculas). Dicha lógica le concede a los jueces y juezas (“máximos protagonistas del Derecho”, “operadores jurídicos expertos” y “sujetos de la palabra autorizada”, por parafrasear a Fontánez Torres cuando cita al teórico francés Pierre Bourdieu) el poder simbólico, yet legítimo (y añado, institucional) para ejercer “la producción de una verdad, una que además, pretende ser de carácter neutral y universal, apolítica”. Es en ese poder, producto de la lógica que separa el Derecho y la Política, que descansa la autoridad del primero. Dicha premisa, que recoge la lógica separatista y que considera el ordenamiento jurídico “como una ciencia capaz de deslindarse de la política y ofrecer la respuesta correcta”3, ha sido la hegemónica en nuestro sistema político-constitucional. Bajo esta, el ejercicio adjudicativo del juez o jueza se limita simplemente a la aplicación ad verbatim de la ley, dejando afuera su ideología o sus valoraciones político-morales. - Sigue leyendo...
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