22.10.10

Rigurosidad y ley laboral por Iram Ramírez*


22 Octubre 2010

Rigurosidad y ley laboral



De acuerdo al sector empresarial, Puerto Rico tiene las leyes laborales más rigurosas y restrictivas del mundo. Asimismo, alegan que la protección que brinda la legislación a los trabajadores dificulta a los patronos el despido de empleados. A su vez exponen que esto impide que se generen empleos y hace que aumenten los costos de hacer negocios. Según los empresarios, este escenario hace obligatorio una “reforma” laboral que equipare nuestra legislación a la de otras jurisdicciones.


Políticos y “analistas” toman como cierta esta afirmación sin someter a examen su exactitud, aun a expensas de arriesgar la seguridad de empleo de cientos de miles de trabajadores. Preguntas fundamentales como ¿existe alguna metodología científica para determinar el grado de rigurosidad de las leyes laborales? ¿Cómo comparan las leyes laborales de aquí con las de otras jurisdicciones? Son cuestionamientos que han sido obviados por los proponentes de la “reforma” laboral. Peor aún, los políticos encargados de velar por los derechos de los constituyentes ni siquiera se han ocupado de buscar su respuesta.

Los proponentes de la “reforma” laboral ignoran, o prefieren ignorar, que la Organization for Economic Cooperation and Development (OECD) desarrolló una metodología, reconocida mundialmente, para medir el nivel de severidad de las leyes laborales. Para ello la OECD considera tres indicadores de protección del empleo: el procedimiento y el costo de despedir, los procedimientos para contratar empleados temporeros o contratados por agencias de empleo. Desarrollando un escala que determina el grado de rigurosidad de las leyes laborales, confiriendo valores que van desde el nivel 6 (mayor) al 1 (menor).

Utilizando esa metodología podemos aclarar las aseveraciones sobre lo restrictivo de nuestra legislación laboral y cómo ésta compara con las de distintas jurisdicciones. A través de la escala del OECD, nuestra legislación laboral ostenta una medida de 1.33, colocando a Puerto Rico en el lugar 37 de los 41 países que la OECD mantiene datos en cuanto a la severidad de sus leyes laborales. Entonces, ¿cómo compara esto con otras jurisdicciones? De ese grupo, 36 países tienen leyes laborales más restrictivas (Francia, Alemania) que Puerto Rico, mientras sólo 4 tienen leyes laborales menos restrictivas (Canadá, Nueva Zelanda). Por lo que evidentemente, Puerto Rico no ostenta ni las leyes más rigurosas del mundo ni está en el grupo de países que sí las tienen.

Ante esto debemos preguntarnos: ¿qué se persigue verdaderamente con esta “reforma” laboral? Esperemos que los políticos no estén aguardando que los empresarios les ofrezcan una contestación a ésta, sino que cumplan su responsabilidad de buscar la verdadera respuesta a esta interrogante.

*Columna del compañero Iram Ramírez publicada hoy en El Nuevo Día

No hay comentarios:

Publicar un comentario